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Prevención de lavado de activos

La ley 25.246 de Encubrimiento de Lavado de Activos de Origen Delictivo y sus modificatorias, junto a la Resolución 28/2018 y su modificatoria de la Unidad de Información Financiera, sitúa bajo su órbita normativa a las aseguradoras, los Productores Asesores de Seguros y Agentes Institorios como sujetos obligados a recabar información del cliente y de sus operaciones con la Cía. entre otras cuestiones.

La resolución 28/2018 tiene por objeto establecer los lineamientos para la gestión de riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) y de cumplimiento mínimo que cada Sujeto Obligado del sector asegurador, deberá adoptar y aplicar para gestionar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, el riesgo de ser utilizadas por terceros con objetivos criminales de LA/FT.

A fin de cumplimentar con esta obligación usted podrá descargar y completar los formularios para enviarlos al momento de la contratación o ante un requerimiento por parte de Mercantil Andina durante la ejecución del contrato, junto con la documentación o información que se pueda solicitar en virtud de los art. 29 y ss. de la resolución mencionada anteriormente.

Ante cualquier inquietud, podes dirigir tus consultas a la casilla de correo electrónico [email protected].

Descarga de formularios

Resoluciones y leyes

Sitios externos

Unidad de Información Financiera: www.argentina.gob.ar/uif
Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI): www.fatf-gafi.org
Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (GAFISUD): www.gafisud.info
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