En caso de rotura de cañerías u otras instalaciones fijas de gas a la vista en el consorcio asegurado, la Compañía enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia que se requiere para subsanar la avería, siempre y cuando el estado de tales instalaciones lo permita.
Exclusiones particulares:
– Reparación de averías o fallas de cualquier elemento ajeno a las cañerías o llaves de gas.
– Reparación de daños por fugas o escapes, aunque sean consecuencia de la rotura de las cañerías u otras instalaciones.
– Reparación y/o reposición de aparatos, calderas, cocinas, calefones, radiadores y, en general, cualquier artefacto o electrodoméstico conectado a las cañerías de gas.
– Reposición o reparación de paredes, pisos, azulejos o cualquier otra superficie ajena a las cañerías de gas, aunque sean consecuencia del trabajo realizado.